Crédito para la revitalización de edificios abandonados

South Carolina ofrece el crédito para la revitalización de edificios abandonados para incentivar la rehabilitación, renovación y reconversión de edificios que llevan mucho tiempo desocupados para fines productivos.

Los contribuyentes que inviertan en inmuebles que cumplan los requisitos y satisfagan las condiciones legales podrán tener derecho a una deducción fiscal equivalente al 25 % de los gastos de rehabilitación.

Edificios elegibles

Para calificar, un edificio o una estructura debe cumplir con la definición legal de edificio abandonado.

Se considera edificio apto aquel que:

  • En el que al menos el 66 % del espacio haya estado desocupado de manera continua o, en su caso, fuera de uso durante al menos cinco años
  • Y que no se haya utilizado como residencia unifamiliar inmediatamente antes de su rehabilitación

El plazo de cinco años se mide a partir de la fecha en que el contribuyente presenta una Notificación de Intención de Rehabilitación.

Gastos mínimos de rehabilitación

Para calificar para el crédito, el contribuyente debe mejorar, renovar o redesarrollar el edificio elegible para fines de generación de ingresos y realizar gastos de rehabilitación que superen el umbral aplicable según la ubicación.

Los requisitos mínimos de inversión son los siguientes:

  • Superior a $250.000 para un edificio situado en la zona no incorporada de un condado o en un municipio dentro de un condado con una población superior a 25.000 habitantes.
  • Superior a $150.000 para un edificio situado en la zona no incorporada de un condado o en un municipio dentro de un condado con una población de al menos 1.000 habitantes, pero inferior a 25.000.
  • Superior a $75.000 para un edificio situado en la zona no incorporada de un condado o en un municipio dentro de un condado con una población inferior a 1.000 habitantes.

Opciones de crédito

Un contribuyente que cumpla los requisitos podrá elegir entre dos modalidades de crédito.

Crédito fiscal de renta o de licencias

Un contribuyente puede solicitar un crédito fiscal contra los impuestos sobre la renta o de licencia equivalente al 25 % de los gastos de rehabilitación elegibles.

Entre sus características principales se incluyen:

  • La deducción debe aplicarse en cuotas iguales a lo largo de tres años.
  • Las cuotas comienzan en el ejercicio fiscal en el que el solar entra en servicio.
  • La deducción puede compensar hasta el 100 % de la deuda tributaria por el impuesto sobre la renta o el impuesto de actividades económicas.
  • La deducción no puede superar los $700,000 por ejercicio fiscal para cada solar abandonado.
  • Las deducciones no utilizadas pueden trasladarse a ejercicios posteriores durante un máximo de cinco años.

Crédito fiscal sobre bienes raíces

Como alternativa, el contribuyente puede reclamar un crédito contra los impuestos sobre bienes inmuebles igual al 25% de los gastos de rehabilitación multiplicado por el coeficiente impositivo local de cada entidad tributaria local que haya dado su consentimiento para el crédito.

Entre sus características principales se incluyen:

  • El crédito puede compensar hasta el 75 % de los impuestos sobre bienes inmuebles.
  • El crédito puede solicitarse durante un máximo de ocho años.

El condado o municipio donde se encuentra el edificio debe determinar que el emplazamiento y el proyecto propuesto cumplen los requisitos. El órgano de gobierno local debe aprobar el proyecto por mayoría de votos mediante una audiencia pública y una ordenanza.

Proceso de solicitud

El proceso de solicitud depende del tipo de crédito que se solicite.

Para el crédito fiscal sobre el impuesto sobre la renta o licencias, los contribuyentes deben presentar una Notificación de Intención de Rehabilitación ante el South Carolina Department of Revenue (SCDOR) dentro del plazo establecido por la legislación estatal.

Para el crédito fiscal inmobiliario, los contribuyentes deben presentar una Notificación de Intención de Rehabilitación ante el condado o municipio donde se encuentra el edificio antes de incurrir en gastos de rehabilitación.

Recursos de SCDOR

Orientación sobre el crédito para la rehabilitación de edificios abandonados

Formulario de crédito TC-55 e instrucciones

Preguntas frecuentes