Crédito para la revitalización de edificios abandonados
South Carolina ofrece el crédito para la revitalización de edificios abandonados para incentivar la rehabilitación, renovación y reconversión de edificios que llevan mucho tiempo desocupados para fines productivos.
Los contribuyentes que inviertan en inmuebles que cumplan los requisitos y satisfagan las condiciones legales podrán tener derecho a una deducción fiscal equivalente al 25 % de los gastos de rehabilitación.
Edificios elegibles
Para calificar, un edificio o una estructura debe cumplir con la definición legal de edificio abandonado.
Se considera edificio apto aquel que:
- En el que al menos el 66 % del espacio haya estado desocupado de manera continua o, en su caso, fuera de uso durante al menos cinco años
- Y que no se haya utilizado como residencia unifamiliar inmediatamente antes de su rehabilitación
El plazo de cinco años se mide a partir de la fecha en que el contribuyente presenta una Notificación de Intención de Rehabilitación.
Gastos mínimos de rehabilitación
Para calificar para el crédito, el contribuyente debe mejorar, renovar o redesarrollar el edificio elegible para fines de generación de ingresos y realizar gastos de rehabilitación que superen el umbral aplicable según la ubicación.
Los requisitos mínimos de inversión son los siguientes:
- Superior a $250.000 para un edificio situado en la zona no incorporada de un condado o en un municipio dentro de un condado con una población superior a 25.000 habitantes.
- Superior a $150.000 para un edificio situado en la zona no incorporada de un condado o en un municipio dentro de un condado con una población de al menos 1.000 habitantes, pero inferior a 25.000.
- Superior a $75.000 para un edificio situado en la zona no incorporada de un condado o en un municipio dentro de un condado con una población inferior a 1.000 habitantes.